Lamela deja en libertad a Trapero
La juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela ha decidido mantener las medidas cautelares que pesan sobre el ex mayor de los Mossos d’Esquadra Josep Lluís Trapero -no puede salir de España y tiene que comparecer quincenalmente ante un tribunal- tras su declaración este viernes por un segundo delito de sedición en relación con el referéndum ilegal del 1 de octubre.
La Fiscalía finalmente había solicitado 50.000 euros de fianza para eludir la prisión, acusándole de ocultar reuniones previas al 1-O con el entonces presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, y su conseller de Interior, Joaquim Forn.
En el auto emitido por la juez Lamela tras la declaración, la magistrada explica que el segundo delito de sedición que se imputa a Trapero no es «suficiente» para incrementar las medidas cautelares.
Según Lamela, el exmayor de los Mossos «viene cumpliendo escrupulosamente las medidas que le fueron impuestas», desde el 19 de febrero conoce la nueva imputación y «ha comparecido ante este Juzgado».
«En este momento», añade, «la investigación en relación a los hechos que se imputan a Josep Lluís Trapero se encuentra bastante avanzada y las diligencias acordadas no pueden verse comprometidas por acción del Sr. Trapero. Ya no ostenta el cargo de Mayor de los Mossos d’Esquadra, por lo que tampoco tiene una posición de mando dentro del Cuerpo que le permitía favorecer la ocultación o destrucción de pruebas».
«En consecuencia a lo anteriormente razonado, procede desestimar la medida cautelar más gravosa para la situación personal del citado investigado solicitada por el Ministerio Fiscal, entendiendo que las medidas ya adoptadas mediante auto de fecha 16 de octubre de 2017 permiten cumplir la finalidad constitucional que debe ser atendida con menor lesividad o incidencia en el derecho a la libertad del investigado, siendo suficientes en este momento para garantizar la plena disposición de aquel a a las resultas del presente procedimiento, asegurando su disponibilidad física ante el órgano judicial» concluye el auto.
El auto de imputación
En su nuevo auto de imputación, Lamela explicaba que a lo largo de la investigación desarrollada se han averiguado otros hechos que indican que la actuación de los Mossos prevista en un principio para impedir la celebración del referéndum, lejos de ello, «fue dirigida a obstruir cualquier actuación que bloquease el plan estratégico hacia la independencia».
Con esta finalidad, según relataba Lamela, «se diseñó un plan premeditado para evitar actuar, que procedía de la cúpula policial de Mossos d’Esquadra, cúpula comandada por Josep Lluís Trapero y en conexión directa con los miembros del Comité Estratégico».
La magistrada sostenía en el mismo auto que la finalidad inmediata de Trapero estaba orientada «a facilitar la celebración del referéndum y con ello la proclamación de una república catalana, independiente de España, siendo consciente de que desarrollaba una actuación al margen de las vías legales, desatendiendo el mandato recibido desde el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y en contra de las decisiones adoptadas por el Tribunal Constitucional».
Los hechos atribuidos a Trapero podrían constituir, según Lamela, dos delitos de sedición por los hechos acaecidos los días 20 y 21 de septiembre y de 1 de octubre de 2017, sin perjuicio de ulteriores calificaciones: «Y en particular de la calificación de los hechos como constitutivos de un delito de organización criminal del art. 570 bis del Código Penal».